miércoles, 30 de diciembre de 2020

Las leyes y la iniciativa privada en el problema social

Las leyes y la iniciativa privada en el problema social (La Vanguardia 2 de enero de 1921) 

Al comenzar un año parece que todos los seres humanos forman el propósito de corregir sus defectos, de emprender diversos trabajos, de seguir conducta diferente, en una palabra de cumplir el aforismo popular que dice año nuevo vida nueva. Luego pasan los días y los meses y por aquello de genio y figura hasta la sepultura persisten todas nuestras faltas, continúan los viejos y malos hábitos y llegamos al 31 de diciembre sin haber realizado los buenos propósitos que se formularon el día primero de enero.

Y eso que pasa en la vida ocurre más frecuentemente en la política; con nuevo año con nuevas Cortes con nuevos gobiernos todo son magníficas intenciones y sanos programas, pero la velocidad adquirida impide cambiar de rumbo y los vicios añejos se perpetúan, las deficiencias persisten y nadie corrige lo que por todos está calificado de malo.

Con el año 1921 comienza a funcionar un Parlamento que tiene una composición muy parecida al que ha disuelto el señor Dato; los ministros han redactado excelentes proyectos acudiendo a remediar todos los males sociales y económicos, formarán el índice del mensaje, se leerán en las tribunas de los cuerpos colegisladores ¿pero quién confía en verlos impresos en la Gaceta con la sanción real al pie? ¿Se ha transformado de golpe tan profundamente nuestro régimen parlamentario que las Cortes van a servir para hacer leyes?

Esta es la pregunta que se hacen los que conceden una gran eficacia para resolver los problemas presentes a las disposiciones que aparecen en el periódico oficial. En España aunque no se cumplen ninguna ley les concedemos un gran valor y todavía somos capaces de ordenar como los autores de la Constitución del año 12 que los españoles sean justos y benéficos, seguros de que no dejarán de poseer estas santas cualidades si el Código fundamental del Estado lo manda. En las cuestiones sociales y económicas es precisamente donde la legislación tiene menos eficacia sí no la acompaña el interés de acertar de parte de aquellos a quienes las disposiciones oficiales obligan. Recordemos los famosos consejos paritarios creados en la Gaceta nada más y que no han conseguido la conciliación de los intereses opuestos entre el capital y el trabajo en un solo caso. Recordemos la ley de huelgas que ya no se cumple en cuanto a los avisos previos que deben dar los trabajadores a la autoridad en caso de paro y si queremos una prueba más de la ineficacia de textos legales de una ficción constitucional verdaderamente enorme y de la contradicción más estupenda entre la ley y la realidad no tenemos más que hojear la Gaceta de 1873 donde se verá que las Cortes han acordado que España, es una república federal, que hay un Gobierno que ordena y manda en nombre do esa forma de Gobierno y sin embargo en la realidad no ha habido jamás en nuestra nación ni república ni federación, sino un poder provisional que actuaba, con una Constitución monárquica, completamente monárquica, en espera de que las Cortes hicieran otra perfectamente republicana.

Así nos pagamos en España de fórmulas y rótulos sin importarnos mucho el fondo de las cosas y su verdadera substancia. En las nuevas Cortes no van a faltar proyectos de leyes sociales, y se llaman leyes sociales a las que favorecen al obrero acordándole aquellas ventajas que demandan la razón y la justicia, y nosotros preguntamos ¿se necesita en realidad preceptos legales para que los obreros obtengan y los patronos otorguen todo aquello que recíprocamente les convenga? ¿No hay en España y en el extranjero multitud de establecimientos de producción donde se ha planteado un régimen de trabajo y de remuneración que tiene satisfechos por igual a obreros y patronos sin necesidad de que lo haya dispuesto ninguna ley?

En muchos sitios, la acción privada, el interés particular recíproco ha resuelto el problema social en cuanto se refiere concrétamente a las condiciones económicas del trabajo y al salario, sin necesidad de que el Estado de la pauta y establezca la norma a que las partes interesadas deban atenerse. En cambio, con todas las disposiciones legales que se han ido adoptando, con comisiones, comités é instituciones de diversa índole no se ha logrado la paz ni el acuerdo en la mayoría de los centros de producción. Hacemos estas observaciones para que no se conceda demasiada eficacia a las leyes ni se perpetúe la candidez de suponer que con un par de textos legales se van a resolver los graves problemas pendientes, lo mismo en el orden social que en el orden económico. En la política de los gobernantes entrará por mucho halagar a las clases trabajadoras ofreciendo seguros a costa del Estado o a costa del patrono; pero no nos engañemos, con eso no se resuelve nada de lo que constituye la entraña de los conflictos presentes. El fabricante o el industrial que tiene establecidas para sus obreros escuelas en que se eduquen sus hijos, auxilios médicos para casos de enfermedad, cajas de previsión y pensiones de retiro para la vejez, ha hecho mucho más que el Estado y que todas las leyes en beneficio del trabajador y en pro de soluciones pacificas en la lucha del capital y el trabajo.

Queremos persuadir con esto al lector de que la iniciativa privada puede hacer muchos más milagros de los que se le piden al Estado en estas materias; su intervención suele ser contraproducente y costosa. Una de las contradicciones de estos tiempos es la de pedir al Estado demasiadas leyes, demasiada acción tutelar en lo que puede ser objeto de la iniciativa y acuerdos privados, y al propio tiempo se quiere limitar su gestión coactiva y enérgica en lo que es su misión principal, en el castigo de la lesión al derecho de los demás.

Merced a estas extrañas teorías hemos venido a parar en lo que menos podía esperarse en los modernos tiempos, en la negación absoluta de la libertad individual, a titulo de amparar los intereses colectivos. El límite de estos será siempre el derecho del individuo, y el derecho no puede ser definido por mayorías, que es lo que ahora se pretende. Lo justo y lo razonable no es lo que acuerden la mitad más uno de los señores que componen una colectividad, como seis y seis no son nueve, aunque así lo decidan todos los seres humanos reunidos en Congreso.

El señor Dato, en su discurso diario a los periodistas, concede demasiada importancia a los proyectos de ley que piensa presentar a las nuevas Cortes y les atribuye una virtud pacificadora en la cuestión social, en la que tenemos la desgracia de no creer.

La masa, obrera que pudiéramos llamar política, la que está organizada en partidos, no se ha de satisfacer ni con retiros, ni con seguros obreros; hoy se muestran divididos los trabajadores en socialistas y sindicalistas, lo mismo en España que en todo el mundo; les dividen las condiciones que ha proclamado en Moscou la Internacional de Lenin; pero fíjese bien el gobierno, y verá que sólo hay disparidad de procedimientos: el programa y el fin de unos y otros es el mismo y a ese programa no puede hacer concesiones la actual sociedad sin desaparecer.

EMILIO SÁNCHEZ PASTOR


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